Regularización extraordinaria: ¿entrada antes de julio o antes de diciembre de 2025?

Resolviendo la duda de los cinco meses de permanencia en España

Una de las dudas más urgentes y frecuentes que recibimos en JURISVIMA está relacionada con la fecha de entrada en España necesaria para acogerse a la regularización extraordinaria. Existe una confusión generalizada sobre si este proceso beneficia únicamente a quienes entraron antes del 31 de julio de 2025 o si también se extiende a las personas que llegaron con posterioridad.

Tras analizar de forma comparada el borrador definitivo del Real Decreto y la nota de prensa del Ministerio, la conclusión es clara y jurídicamente sólida:
la regularización extraordinaria se amplía a cualquier persona que haya entrado en España antes del 31 de diciembre de 2025.

Origen de la confusión sobre la fecha de entrada para la regularización de ciudadanía

Interpretaciones erróneas de los requisitos

La confusión surge al interpretar los requisitos de manera acumulativa al cierre del año 2025, cuando en realidad el borrador del Real Decreto deja claro que se trata de condiciones independientes.

La disposición transitoria sexta exige dos requisitos distintos y no simultáneos en el tiempo:

  1. Haber entrado en España antes del 31 de diciembre de 2025
  2. Acreditar una permanencia continuada mínima de cinco meses en el momento de presentar la solicitud

Esto implica que no es obligatorio haber cumplido los cinco meses de estancia antes de finalizar 2025, sino únicamente en la fecha en que se presenta la solicitud de regularización.

Ejemplo práctico: entrada en diciembre de 2025

Cómo computan los cinco meses de permanencia

El propio diseño del procedimiento permite entender con claridad esta interpretación.
Por ejemplo, si una persona entra en España el 15 de diciembre de 2025, cumple perfectamente el primer requisito relativo a la fecha de entrada.

Dado que el plazo de presentación de solicitudes permanece abierto hasta el 30 de junio de 2026, esta persona únicamente deberá esperar a cumplir cinco meses de permanencia continuada, lo que ocurrirá a mediados de mayo de 2026, para poder presentar su solicitud de forma válida antes de que finalice el plazo.

Por lo tanto, queda confirmado que las personas que entraron entre el 31 de julio y el 31 de diciembre de 2025 también pueden acogerse a la regularización extraordinaria, siempre que cumplan el requisito temporal de los cinco meses en el momento de la solicitud.

Presentación de solicitudes y riesgo de colapso administrativo

Una ventana de solo tres meses

A día de hoy, todavía no se ha determinado el canal oficial definitivo para la presentación de las solicitudes, aunque el borrador del Real Decreto menciona oficinas públicas y formularios específicos.

Lo que sí es seguro es que nos enfrentamos a una avalancha de solicitudes sin precedentes, que previsiblemente provocará el colapso de los sistemas informáticos y de las oficinas de extranjería. El plazo efectivo es extremadamente limitado:
📆 abril, mayo y junio de 2026.

La importancia de anticiparse: preparación documental

Evitar quedarse fuera del proceso

En este contexto de saturación administrativa, la improvisación puede resultar fatal para su expediente. No basta con cumplir los requisitos legales: es imprescindible que la solicitud entre en el sistema a tiempo.

Preparar con antelación:

  • Certificados de empadronamiento y pruebas de residencia
  • Documentación de identidad
  • Certificados de antecedentes penales
  • Cualquier otro documento exigible

es la única forma realista de garantizar que la solicitud pueda presentarse sin incidencias cuando se abra el plazo.

Organización anticipada del expediente con JURISVIMA

El tiempo como factor crítico

En JURISVIMA somos plenamente conscientes de que el tiempo es un factor crítico en este proceso extraordinario. Por ello, estamos organizando a las personas interesadas con antelación, con el objetivo de que tengan toda la documentación preparada antes del 1 de abril de 2026.

Nuestra estrategia busca que las solicitudes sean de las primeras en presentarse, minimizando el riesgo de quedar fuera debido al colapso administrativo que previsiblemente se producirá.

Podemos ayudarle a preparar su expediente desde el primer día, asegurando que cumpla con todos los criterios legales, documentales y procedimentales, maximizando así las posibilidades de éxito.